Gobernación del Estado Vargas
Dirección Sectorial De Educación y Cultura
Dirección de Educación
Coordinación de Atención Integral






Responsable del programa:
Prof. Orisa Querales T.

La educación vial es la rama de la seguridad que tiene como objeto fundamental mejorar la participación del ser humano al momento de conducir un vehículo, movilizarse en éste como pasajero o al caminar por la calle como peatón dentro del sistema vial, teniendo en cuenta, en todo momento, el conjunto de acciones coordinadas en la prevención de accidentes de tránsito.
La Educación vial tiene por objeto desarrollar en el ciudadano en su condición de conductor, pasajero o peatón las aptitudes, destrezas, hábitos y el interés necesario para que disponga de mayor pericia, conocimiento, equilibrio mental; actúe de manera inteligente y razonable; comprenda y respete las leyes, reglamentos y normas vigentes de tránsito y transporte terrestre y así contribuya a prevenir y evitar accidentes viales.

miércoles, 13 de enero de 2010

DEBERES DEL PATRULLERO Y PATRULLERA ESCOLAR



a.- El deseo de colaboración y de servir a sus semejantes, ha de ser la máxima aspiración del patrullero y patrullera. Sus actuaciones deben ir inspirada por el más alto espíritu de compañerismo y obediencia a la Patrulla escolar.
b.- Su labor en la calle, debe ser guiada por el noble sentimiento de protección a la vida de sus compañeros y compañeras y su comportamiento deben ser ejemplo de civismo.
c.- El uniforme, correaje, insignias e instrumentos de trabajo, deben ser cuidados con esmeros y mantenidos en buen estado de limpieza.
d.- La asistencia a los lugares de patrullaje, horas de entrenamiento y actos especiales de la patrulla, deben ser puntual.
e.- El respeto y obediencia a sus superiores y el saludo marcial, entre miembros de la Patrullas Escolares.

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